Archivo de protocolos notariales y libros de registros de intervenciones

CONSULTAS – COPIAS – COPIAS SIMPLES

 

PERSONAS QUE PUEDEN SOLICITARLAS

1) Abogados, escribanos, procuradores, contadores, ingenieros, peritos designados por los jueces, agrimensores y martilleros.

Acreditarán con DNI y carnet profesional vigente.

2) Organismos públicos nacionales, provinciales y municipales.

Acreditarán: con la resolución del organismo que solicita la consulta, con designación de la persona autorizada.

3) Las partes intervinientes en el acto, sus sucesores universales o singulares y quienes hubieren intervenido como testigos.

Acreditarán: a) las partes intervinientes en el acto y quienes hubieren intervenido como testigos: con DNI y las constancias que surgen de la escritura.

b) Los sucesores universales: con DNI, partida de defunción de la parte interviniente en el acto y de la cual son sus sucesores, partida de nacimiento del sucesor o declaratoria de herederos.

c) Los sucesores singulares: con DNI y las constancias del instrumento público del que surge el carácter de tales.

4) Los representantes de las personas mencionadas en los incisos precedentes.- Acreditarán: Con DNI y poder por escritura pública con facultades expresas o autorización con firmas certificadas ante escribano quien deberá también certificar el carácter invocado por el autorizante.

5) Aquellos que acrediten interés legítimo.-

Acreditarán: Con DNI y el respectivo instrumento del cual surja dicho interés.- Consultar a Dirección previo a acceder a la consulta o expedición de copia.-

QUEDAN EXCEPTUADOS LOS ACTOS DE ÚLTIMA VOLUNTAD Y RECONOCIMIENTO DE HIJOS NATURALES. Estos se exhibirán únicamente a sus otorgantes o representantes con facultades expresas. Y SOLO EN CASO DE FALLECIMIENTO DEL OTORGANTE  a sus herederos quienes acreditarán con partida de defunción del otorgante y partida de nacimiento del sucesor o libreta de familia, o en el caso del heredero instituido con las constancias que surgen del mismo instrumento.

EN TODOS LOS CASOS la documentación deberá ser acompañada en original.

En caso de que el trámite fuere realizado por una persona distinta a las expresamente habilitadas para hacerlo, ésta deberá contar con autorización escrita para diligenciar el pedido y retirar la copia solicitada, con firma certificada ante escribano público (excepto en el caso de que el autorizante sea escribano de registro de esta Provincia). Dicha autorización deberá contener como mínimo: datos personales del autorizante y carácter en que actúa; datos personales del autorizado; número y fecha de la escritura cuya copia se solicita, escribano interviniente y su registro notarial, el acto y las partes (este último dato es obligatorio si no se cita el número de la escritura).

 

QUIENES PUEDEN SOLICITAR TESTIMONIOS 

1) DE TESTAMENTOS

Únicamente al testador o su representante con facultades expresas.

2) ACTOS JURIDICOS UNILATERALES (Vg. Poderes, actas, etc.)

Únicamente  los otorgantes del acto o sus representantes con facultades expresas.

3) ACTOS JURIDICOS BILATERALES

a) Cualquiera de las partes o sus representantes con facultades expresas.-

b) Sucesores Universales o Singulares, o sus representantes con facultades expresas.

En todos los casos, si en la escritura constaren obligaciones de dar o de hacer pendientes, UNICAMENTE se expedirá testimonio, si se acompaña instrumento público que acredite el cumplimiento de dichas obligaciones.

 

DOCUMENTACION QUE DEBEN ACOMPAÑAR

Las partes o sus representantes:

a) Nota de solicitud certificada por escribano público, quien en caso de un representante deberá expresar en el texto de la certificación que tiene facultades suficientes para el trámite.

b) Denuncia policial o declaración jurada con certificación notarial de firma, de la pérdida, sustracción o destrucción del anterior testimonio. Debe constar expresamente en el texto de la denuncia o declaración, el número y fecha de la escritura, el escribano autorizante, acto celebrado y partes del mismo.

c) Documento de identidad.

Los sucesores de las partes: Además de lo expresado, también declaratoria de herederos.

La documentación que se solicita deberá ser en original y en caso de ser de otra jurisdicción deberá venir debidamente legalizada.

 

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MODELO SOLICITUD DE TESTIMONIO

EXHIBICION DE PROTOCOLO

 

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